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Estatutos |
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ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE REDACTORES DE TEXTOS MÉDICOS
CAPITULO I
DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO:
Artículo 1. Con la denominación(1) Asociación Española de Redactores de Textos Médicos (AERTeM) se constituye una ASOCIACIÓN al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y normas complementarias, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro.
Artículo 2. Esta asociación se constituye por tiempo indefinido.
Artículo 3. La existencia de esta asociación tiene como fines:
a) Promover y facilitar la formación profesional de sus miembros. b) Promover la calidad lingüística y precisión terminológica en la redacción de textos biomédicos utilizados en la industria, comercio y ciencias de la comunicación. c) Facilitar el intercambio de información entre sus asociados y entre éstos y los agentes promotores de publicaciones biomédicas (editoriales, industria farmacéutica, etc.).
Artículo 4. Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes actividades:
a) Elaboración y desarrollo de un Programa de Formación, específico para sus miembros. b) Intercambio docente-discente con otras sociedades afines. c) Elaboración y mantenimiento de una página propia en la red de Internet. d) Organizar reuniones de carácter científico de interés para sus asociados. e) Publicar, de forma periódica o no, temas generales de interés para sus asociados.
Artículo 5. La Asociación establece su domicilio social en Barcelona, C/ Reina Cristina, nº 1, DP. 08003, y su ámbito territorial en el que va a realizar principalmente sus actividades es todo el territorio del Estado(2). |
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